martes, 7 de junio de 2011

El PRO busca quitar poder a las comunas

La iniciativa propone eliminar el sueldo de los miembros de la junta comunal, recorta la capacidad de establecer metas presupuestarias a escala barrial, y limita la planificación de obras públicas. La oposición la criticó con dureza.

A un mes de las elecciones convocadas para elegir a los representantes de las comunas, el jefe de gobierno porteño, Mauricio Macri, envió a la Legislatura una reforma a la Ley de Comunas que elimina el sueldo de los miembros de la Junta Comunal. Deja sólo la asignación para el presidente, a la vez que recorta las funciones de estas unidades en lo vinculado al uso del presupuesto y la planificación de obras en los barrios.
El proyecto, que será analizado por las comisiones de Descentralización y Asuntos Constitucionales, plantea la derogación de cinco artículos y la reforma de otros 13 de los 58 con que cuenta la ley orgánica de Comunas 1777, sancionada y promulgada en 2005, pero cuyas autoridades se votarán por primera vez en julio.
Macri intenta reformar, sobre todo, los aspectos que integran los capítulos que reglamentan las competencias y el presupuesto de las unidades de gestión.
Entre los argumentos de su iniciativa, sostiene que busca que las funciones que prevé conceder con su proyecto a las comunas estén en “un armónico equilibrio con las potestades del gobierno de la Ciudad”.
Para ello, impulsó la reforma que incluye, entre otros puntos, que el presidente de la Junta Comunal sea el único que perciba una remuneración (equivalente al 60% del ingreso de los diputados porteños).
En tanto, promueve que los restantes seis miembros realicen su trabajo “en forma honoraria” dado que “en principio carecen de una función específica más que expedirse con su voto en las decisiones de la Junta”.
De esta manera, contrapone la ley original que establece en su artículo 25 que todos los integrantes de cada una de las 15 Juntas Comunales reciban remuneración.
En otro tramo de su propuesta, el jefe de gobierno reforma el criterio de competencia patrimonial propia de cada Comuna, al exigirle a cada una de las unidades que “antes de cada 31 de agosto” eleve su presupuesto anual al Poder central para “su consideración y análisis”, así como indica que será el Ejecutivo el que fije “el tope de gastos”.
En su redacción original, el artículo 15 establece que “la aprobación del anteproyecto de presupuesto de cada comuna está a cargo de la Junta Comunal y se elabora a través de mecanismos que, a escala barrial, garantizan la participación de los vecinos en la fijación de metas, formulación y control presupuestario”.
El proyecto del macrismo dispone también cambios en las competencias concurrentes de las Comunas, estipuladas en la norma de 2005. Se le agrega la leyenda “que por ley se determine” a varios artículos que fijaban funciones relacionadas con la fiscalización, el control y ejecución de obras públicas en cada uno de los barrios. Además deroga el artículo 9, que impide al Ejecutivo “ejercer las funciones derivadas de las competencias exclusivas de las Comunas”, el 13, que permite la intervención en la elaboración y planificación de políticas en las áreas sociales, como salud, educación y ambiente; y el 28, 29 y 32, que fijan las atribuciones de los siete miembros de la Junta.

Tiempo Argentino, miercoles 7 de junio de 2011

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